La Carta de Derechos Digitales se presenta como una guía de referencia o una hoja de ruta para la acción de todos los poderes públicos. Permitiendo navegar el entorno digital aprovechando y desarrollando todas sus potencialidades y oportunidades. En la actualidad el mundo digital está cambiando. Cada vez existen más retos para las empresas y organizaciones. La tecnología está innovando y en constante investigación, dando lugar a nuevos escenarios y contextos. El mercado tiene que adaptarse y renovar los marcos regulatorios.
La Carta de Derechos Digitales es un documento que forma parte de los mandatos de la Agenda España Digital 2025. Busca reforzar los derechos de la ciudadanía. Así como aumentar la confianza y generar certidumbre en la sociedad ante la actual realidad digital. No obstante, como señala el propio texto, la carta no trata de “descubrir derechos digitales pretendiendo que sean algo distinto de los derechos fundamentales ya reconocidos” y “no tiene carácter normativo”, sino que se centra en “reconocer los novísimos retos de aplicación e interpretación que la adaptación de los derechos al entorno digital plantea, así como sugerir principios y políticas referidas a ellos en este contexto”.
El objetivo de la Carta de Derechos Digitales
El objetivo de la Carta es, por tanto, “descriptivo, prospectivo y asertivo”. Descriptivo de los contextos y escenarios con derechos, valores y bienes de siempre, pero que exigen nueva ponderación y toma de conciencia del impacto y consecuencias de los entornos y espacios digitales. Prospectivo al anticipar futuros escenarios que pueden ya predecirse, y asertivo en el sentido de revalidar y legitimar los principios, técnicas y políticas que deberían aplicarse en los espacios digitales presentes y futuros.
Según destacó el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en el acto de presentación de la Carta, “con este ejercicio España se sitúa a la vanguardia internacional en la protección de derechos de la ciudadanía y esta Carta señala el camino por el que debemos transitar. Necesitamos poner límites y establecer unas normas justas para poder regular éticamente la nueva realidad digital. La tecnología debe estar al servicio de las personas y no al revés. Nadie quedará desprotegido. Nadie quedará al margen. Y nadie quedará atrás”.
Las seis categorías de la Carta de Derechos Digitales
La Carta incluye seis categorías principales de derechos. Estos derechos abarcan todos los ámbitos de incertidumbre y riesgo: derechos de libertad; derechos de igualdad, derechos de participación y de conformación del espacio público, derechos del entorno laboral y empresarial, derechos digitales en entornos específicos y derechos de garantías y eficacia.
Derechos de Libertad
Se considera el derecho a la identidad en el entorno digital, siendo este exigible y su gestión garantizada. Asimismo, no podrá ser controlada, manipulada o suplantada por terceros contra la voluntad de la persona. Se establecerán las garantías necesarias que permitan la verificación segura de la identidad.
Derechos de Igualdad
En el derecho a la igualdad y a la no discriminación en el entorno digital se busca la no exclusión. Tratando de garantizar, particularmente, la ausencia de sesgos de género en los datos y algoritmos usados. En este punto destaca que el texto haga alusión específica a la igualdad efectiva efectiva de mujeres y hombres, pero no aluda a cuestiones como la etnia, la religión o la identidad de género.
Derechos de Participación y de Conformación del Espacio Público
Se reconoce, principalmente, el derecho de los usuarios a la neutralidad de Internet con plena sujeción al ordenamiento jurídico. También a las libertades de expresión e información en los entornos digitales en los términos previstos por la Constitución Española.
Derechos del Entorno Laboral y Empresarial
Este punto se centra en asegurar la dignidad y derechos fundamentales de las personas trabajadoras en los entornos de trabajo. Se recogen dos derechos principalmente de carácter amplio y generalista que ya están contemplados en otras regulaciones, como la reciente Ley del Teletrabajo.
Derechos Digitales en Entornos Específicos
La Carta de Derechos Digitales atiende al derecho a un desarrollo tecnológico y a un entorno digital sostenible. Este buscará la sostenibilidad, la eficiencia energética y el uso de energías renovables y limpias, así como , durabilidad, reparabilidad y retrocompatibilidad de los dispositivos, evitando las políticas de sustitución integral y de obsolescencia programada.
Garantías y Eficacia
Esta sección se centra en la garantía de los derechos reconocidos en esta Carta en el marco de las relaciones con la Administración de Justicia y la promoción de mecanismos de autorregulación, control propio y procedimientos de resolución alternativa de conflictos, con la previsión de incentivos adecuados para su utilización.